¿Cómo se fija la cuantía de la pensión de alimentos?

Cuando un matrimonio opta por el divorcio, suele ocurrir que una de las dos personas que forman la pareja quede en una situación económica perjudicial o, al menos, peor que la del otro. Para evitar que este tipo de situaciones traiga peores consecuencias aún, la normativa española ha querido proteger a la persona que queda en peor situación. Para ello, ha creado lo que conocemos como la pensión compensatoria.

¿De qué se trata y para qué sirve la pensión? Pues bien, sirve para cubrir la diferencia entre las situaciones en las que va a quedar cada uno de los miembros de la pareja. Cuando se solicite el divorcio, el Juez estudiará el caso y las circunstancias de cada uno, y determinará quién queda en mejor situación. Como consecuencia, éste deberá pasar una pensión a la otra persona que, obviamente, es la que quedará más desamparada.

¿Y cómo se fija la cuantía a pagar? Esta cuantía será proporcional al caudal o medios de quien los da y de las necesidades de quien los recibe. Pueden darse dos modalidades de pago: pensión mensual o asistiendo al alimentista en el propio domicilio. El obligado a prestar alimentos podrá, a su elección, satisfacerlos, o pagando la pensión que se fije, o recibiendo y manteniendo en su propia casa al que tiene derecho a ellos. Esta elección no será posible en cuanto contradiga la situación de convivencia determinada para el alimentista por las normas aplicables o por resolución judicial. También podrá ser rechazada cuando concurra justa causa o perjudique el interés del alimentista menor de edad. También habrá que valorar los medios del obligado, su patrimonio y su trabajo, excusando sus propias necesidades.

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